jueves, 11 de febrero de 2016

Penas de hasta 20 años de cárcel enfrentarían socios de Infraiber por espionaje y extorsión

Pedro Topete Vargas y el abogado Paulo Diez Gargarin son investigados por la PGR en al menos 6 averiguaciones previas


Foto tomada de Internet.
Ciudad de México, 11 de febrero de 2016

El empresario Pedro Topete Vargas, propietario de Infraiber, y su socio y representante legal, Paulo Diez Gargarin, enfrentarían penas de hasta 20 años de cárcel por los delitos de espionaje telefónico, extorsión y daño moral en contra de la constructora OHL, consideró un abogado penalista.

Aunque las investigaciones en torno a las seis demandas que el consorcio español interpuso ante la Procuraduría General de la República (PGR) y juzgados civiles, van lentas por los intentos de Infraiber de evitar que se revisen los equipos decomisados en sus oficinas, donde realizaban las grabaciones ilegales de llamadas telefónicas, el proceso sigue vigente al negársele dos amparos.

Para el abogado penalista José María Alexander Malagón Hidalgo, por el delito de Extorsión, el Código Penal Federal en su artículo 390 establece penas de dos a ocho años de prisión y de cuarenta a ciento sesenta días de multa.

“Al que sin derecho obligue a otro a dar, hacer, dejar de hacer o tolerar algo, obteniendo un lucro para sí o para otro o causando a alguien un perjuicio patrimonial, se le aplicarán de dos a ocho años de prisión y de cuarenta a ciento sesenta días multa”, señala el Artículo 390.

El mes pasado, directivos de OHL dieron a conocer que demandaron a Infraiber por ser responsable de una campaña de desprestigio y chantaje, cuyo fin es la extorsión, situación que afectó la reputación de la empresa y el valor de sus acciones.

“Hemos tomado estas acciones legales porque no descansaremos hasta que los responsables de estos actos sean juzgados por la ley. Estamos seguros que un delito como este no quedará impune”, destacó el director general de OHL México, Sergio Hidalgo Monroy Portillo.


La amenaza de Infraiber a OHL

El directivo explicó que a principios del 2015, Infraiber pidió verbalmente a OHL Concesiones que interviniera con las autoridades mexiquenses para que ordenaran reinstalar el SIVA en sus autopistas (contrato que canceló el gobierno del Estado de México), “con la advertencia de que si no lo hacíamos, ellos presionarían”.

“Posteriormente Infraiber habló a las oficinas de OHL Concesiones en Madrid para insistir a sus funcionarios que si no se arreglaba el asunto del SIVA (para monitorear el flujo vehicular) se crearía un gran escándalo para perjudicar a la empresa”, indicó Sergio Hidalgo.

Agregó que todo esto quedó asentado en una denuncia penal por extorsión que el 10 de septiembre del año pasado OHL México interpuso ante la PGR.

Sin embargo, el asunto no paró ahí, lo que vino después de la negativa de OHL a caer en el chantaje de Infraiber a principios de 2015, fue la aparición de desplegados en medios nacionales que denuncian supuestas irregularidades en las concesiones de la empresa.

“Primero de forma anónima y con prestanombres, luego ya sin esconder la autoría. Infraiber, una empresa que presentó en su acta constitutiva un capital de 50 mil pesos, ha invertido, según estimamos, más de 3 millones y medio de pesos en desplegados”, indicó el directivo de la constructora en México.

Por ello, dijo, OHL México presentó una demanda civil por daño moral que obliga a Infraiber y a sus representantes, a demostrar en tribunales 36 imputaciones que ha incluido en su campaña y que son falsas.


Espionaje telefónico, delito federal

Por la intervención y difusión de comunicaciones telefónicas ilícitas y editadas, se presentaron cuatro denuncias también radicadas ante la PGR contra Pedro Topete y Paulo Diez, afirmó el directivo.

En ese sentido, el abogado penalista Malagón Hidalgo dijo que por el delito de espionaje telefónico, el Artículo 177 del Código Penal Federal señala que quien intervenga comunicaciones privadas sin mandato de autoridad judicial competente, se le aplicarán sanciones de seis a 12 años de prisión y de 300 a 600 días multa.

Agregó que independientemente de si Infraiber filtró esas grabaciones para denunciar supuestos actos de corrupción de OHL, lo cual también deberán determinar las autoridades correspondientes, el fondo del asunto es que se cometieron varios delitos tipificados en el Código Penal Federal, por los cuales los socios de la empresa, Pedro Topete y Paulo Diez, enfrentarían penas de entre ocho y 20 años de prisión.

Sabedores de esta situación, los socios de Infraiber tramitaron amparos, los cuales les fueron negados por el tribunal y en estos momentos el proceso se encuentra en etapa de revisión; sin embargo, Pedro Topete Vargas está fuera del país, al parecer en Brasil, país donde se dificultan las extradiciones, y quien está al frente de los litigios es el abogado y socio, Paulo Diez Gargari.

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